jueves, 13 de diciembre de 2007

Estatuto autonómico de Santa Cruz prevé control en explotación de hidrocarburos

ABI

Santa Cruz, 12 dic (ABI).- El estatuto autonómico elaborado por cívicos y empresarios, que esta noche era discutida por la denominada Junta Preautonómica, prevé en uno de sus puntos que la Prefectura de Santa Cruz controle de manera directa la explotación y comercialización de los hidrocarburos en todo el departamento.

"El Gobierno departamental, a través de su correspondiente Secretaría Departamental, controlará y fiscalizará la producción de hidrocarburos líquidos y gaseosos que se realice en el departamento y dará por una correcta aplicación del pago de las regalías y de los impuestos", señala el documento.

Agrega que en materia de hidrocarburos "el Gobierno departamental contará en su estructura con una Secretaría que se encargará del seguimiento, desarrollo normativo, elaboración de políticas departamentales, sectoriales y fiscalización de desenvolvimiento de sectores de los recursos naturales no renovables en el territorio departamental.

Este planteamiento está establecido en la sección 1ra. de los hidrocarburos, artículo 103, correspondiente a las atribuciones del Gobierno departamental.

En el artículo 104 (estatuto) de apoyo a la industria sectorial y la industrialización de los hidrocarburos, se contempla que "con el fin de propiciar y fomentar la industrialización de los hidrocarburos en la jurisdicción departamental, el Gobierno departamental podrá asociarse con empresas públicas y privadas para la ejecución y desarrollo de proyectos específicos".

Sin embargo, el Artículo 136 de la actual Constitución Política señala:

I.-Son de dominio originario del Estado, además de los bienes a los que la ley les da esa calidad, el suelo y el subsuelo con todas sus riquezas naturales, las aguas lacustres, fluviales y medicinales, así como los elementos y fuerzas físicas susceptibles de aprovechamiento.

II.-La ley establecerá las condiciones de este dominio, así como las de su concesión y adjudicación a los particulares.

Entre tanto, el Artículo 139 de la actual Carta Magna menciona que "los yacimientos de hidrocarburos, cualquiera que sea el estado en que se encuentren o la forma en que se presenten, son del dominio directo, inalienable e imprescriptible del Estado. Ninguna concesión o contrato podrá conferir la propiedad de los yacimientos de hidrocarburos. La exploración, explotación, comercialización y transporte de los hidrocarburos y sus derivados, corresponden al Estado.

Este derecho lo ejercerá mediante entidades autárquicas o a través de concesiones y contratos por tiempo limitado, a sociedades mixtas de operación conjunta o a personas privadas, conforme a ley.

ASAMBLEA
De acuerdo al estatuto autonómico cruceño, "se denomina Asamblea Provisional Autonómica de Santa Cruz a la reunión de los asambleístas departamentales que tienen como única misión, la aprobación del estatuto departamental".

Esta Asamblea está conformada por 56 presidentes de concejos municipales de todo el departamento, 23 consejeros departamentales, 28 parlamentarios, asambleístas al igual de representantes de etnias cruceñas y de otras organizaciones.

En este punto, también se cambia el nombre de los pueblos indígenas y originarios por el de etnias cruceñas.

Son aproximadamente 100 personas las que tienen a su cargo a partir de este miércoles analizar, debatir y aprobar en grande y detalle los estatutos autonómicos, que - según la Prefectura-será el marco legal para el funcionamiento de la autonomía departamental en Santa Cruz de la Sierra.

Fue el prefecto Rubén Costas quien hizo la solicitud para la aprobación de este estatuto autonómico.

Según Costas, esta asamblea está respaldada en la "reconducción soberana del proceso, aplicando el artículo cuarto de la Constitución vigente, el cual establece que el pueblo delibera y gobierna a través de los mecanismos de la iniciativa legislativa, ciudadana y el referéndum".

No obstante, la Constitución Política del Estado en actual vigencia establece:

Artículo 4.

I. El pueblo no delibera ni gobierna sino por medio de sus representantes y de las autoridades creadas por ley.

II. Toda fuerza armada o reunión de personas que se atribuya la soberanía del pueblo comete delito de sedición.

Pese a ello, Costas dijo "en otras palabras solicito a ustedes aprobar un estatuto que contemple los elementos esenciales contenidos en la pregunta del referéndum y luego pongan en práctica los mecanismos democráticos a efecto de poner en vigencia definitiva el estatuto que ustedes aprueben".

La asamblea dio inicio a su trabajo este miércoles y luego de un receso de algunas horas sus miembros volvieron a iniciar las sesiones en el Palacio Prefectural y comenzaron a socializar entre los presentes el contenido del estatuto autonómico.

Respecto a los trabajadores se dijo: "establece el salario mínimo departamental que será aprobado por el Gobierno departamental, mediante resolución del gabinete departamental.

"El salario mínimo es de aplicación obligatoria en toda las reparticiones que formen parte el Gobierno departamental y de forma voluntaria en todas las instituciones públicas y privadas que así lo determinen", señala el estatuto.

Sobre la salud se menciona "salud pública departamental.

1.- Para la atención directa y eficiente de la salud pública en el departamento, el Gobierno departamental contará con el servicio departamental de salud Sedes.

También se refiriere al tema de la tierra, al manejo de los recursos económicos en el departamento de Santa Cruz.

Según los cívicos y el prefecto Rubén Costas, la aplicación del estatuto podría comenzar a regir luego de la realización de un referéndum, en el cual la población de Santa Cruz aceptará o rechazará estos planteamientos.

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